Exoneración de aportes jubilatorios patronales
- Dea gestoría y administración
- 31 mar 2021
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Apoyo a las pequeñas y medianas empresas.

Se informa que, en el marco de las medidas anunciadas por el Gobierno Nacional, el Banco de Previsión Social (BPS), a través de la Asesoría Tributaria y Recaudación, se encuentra abocado a implementar los mecanismos necesarios para su cumplimiento. De acuerdo a lo establecido por el art. 1 de la Ley 19.942 del 23 de marzo de 2021, se dispone, para las empresas de Industria y Comercio, una exoneración del 50 % de los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social. Este beneficio abarca el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2021.
Requisitos...
Artículo 1 (artículo completo)
Exonérase el 50% (cincuenta por ciento) de los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social devengados entre el 1º de enero de 2021 y el 30 de junio de 2021, comprendidos en el régimen de Industria y Comercio, a las entidades que hayan tenido en promedio en el año civil 2020 hasta 19 (diecinueve) empleados dependientes, y cuyos ingresos en el último ejercicio cerrado previo a la vigencia de la presente ley no superen los 10.000.000 UI (diez millones de unidades indexadas) a la cotización vigente al cierre del ejercicio. En los ejercicios menores a 12 (doce) meses, se considerarán los ingresos de forma proporcional.



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